Las ayudas para traslado temporal tienen por objeto reforzar la internacionalización de la formación científica y capacidad técnica, mediante su incorporación a un centro ó grupo de investigación relevante en el ámbito internacional y vinculado al campo científico, técnico o artístico correspondiente al contenido de la tesis doctoral para la que se concedió la beca.
Las actividades a realizar durante el periodo de traslado temporal, deben considerarse significativas y beneficiosas para el cumplimiento del objeto de formación de la ayuda de FPU y no deben ocasionar un retraso en la culminación de los estudios de doctorado.
Beneficiarios activos del programa de Formación de Profesorado Universitario.
Hasta un máximo de 63.
Podrán solicitar el traslado temporal, los beneficiarios de ayudas en régimen de contrato en prácticas.
Todo el periodo de traslado temporal deberá superponerse con el periodo de actividad de la ayuda de FPU, de contrato en prácticas.
Una dotación mensual complementaria a la dotación del contrato de hasta 1.500 €, en consideración al país de destino.
Una ayuda única para instalación y viajes, determinada en consideración al país de destino, hasta un máximo de 2.500 €.
El traslado a un centro extranjero, tendrá una duración mínima de seis meses y máxima de nueve. El período de traslado será del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2013.
Las solicitudes se cumplimentaran mediante el formulario de inscripción que será accesible por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Departamento en la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es.
Centros o grupos extranjeros relevantes en el ámbito internacional y vinculados al campo científico, técnico o artístico correspondiente
La evaluación de solicitudes tendrá carácter de concurrencia competitiva dentro de cada área ANEP en la que se encuentren encuadradas y se valorarán teniendo en cuenta los siguientes criterios:
El disfrute de un traslado temporal es incompatible con el de una estancia breve u otra estancia temporal que finalice en el mismo año y deberán mediar al menos seis meses entre ambas. La estancia de traslado temporal no podrá superponerse con los últimos 6 meses de contrato, salvo que la tesis ya esté presentada.
Registro del Ministerio de Educación (c/ Los Madrazo 15-17, 28071 Madrid) o en cualquiera de las dependencias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Si, en uso de este derecho, el expediente es remitido por correo postal, se presentará en sobre abierto para que sea fechada y sellada la instancia por el funcionario de Correos antes de que proceda a su certificación.
El impreso oficial incluirá un número que identifica la solicitud y un resumen digital que garantiza la integridad de la misma. En caso de modificación del impreso oficial, manual o electrónicamente, la solicitud será automáticamente excluida.
Resolución de 4 diciembre de 2012
, de la Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades por la que se concedenel traslado temporal a un centro en el extranjero a personal investigador en formación del Programa de Formación de Profesorado Universitario.
(Publicado en BOE de 15-12-2012
)
Publicación en web de la propuesta de concesión de ayudas para traslados temporales a un centro en extranjero, previstos como beneficiarios complementarios del Programa Nacional de Formación de Profesorado Universitario.
La presente propuesta se hace pública a efectos meramente informativos y queda pendiente de resolución de concesión y publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Los candidatos incluidos en el Anexo que se desplazan a países sin cobertura de la Seguridad Social española serán incluidos en el seguro privado que ofrece el Ministerio.
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